Devolución del IVA de tu activo fijo
Compraste maquinaria, un vehículo de trabajo o construiste, y ese IVA quedó descontándose de a poco. La ley permite pedirlo en efectivo a los dos meses. Nosotros revisamos si te conviene, lo solicitamos y lo seguimos hasta que la plata llega.
Cuánto vale
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Revisión previa: si tu caso califica y si te conviene | Sin costo, en la primera reunión |
| Tramitación completa de la solicitud | Se cotiza según tu caso, exenta de IVA |
| Qué determina ese valor | El monto a recuperar, cuántas facturas hay que revisar y el estado de la contabilidad |
| Respuesta a los requerimientos del SII | Incluida en el valor, no se cobra aparte |
Cotizamos caso a caso porque no hay dos iguales: recuperar el IVA de una máquina con una factura no es el mismo trabajo que el de una obra con treinta. El valor te llega cerrado en la propuesta, antes de que empecemos, y como todo lo nuestro es exento de IVA.
Cuándo te sirve pedirla
Tu caso probablemente califica
Compraste maquinaria, equipos, camiones o instalaciones que quedaron en tu activo fijo. O construiste, y la obra —o una etapa— ya fue recibida conforme.
Y ese IVA te dejó un remanente arrastrándose al menos dos meses, porque tu operación normal no alcanza a absorberlo.
Acá conviene revisarlo bien
Si compraste un automóvil o station wagon, la ley no da crédito fiscal por ellos salvo que tu giro sea venderlos o arrendarlos. Una camioneta doble cabina al activo fijo es otra cosa y sí procede.
Y si parte de tus ventas es exenta o no gravada —un arriendo sin instalaciones, por ejemplo—, el cálculo cambia y puede convenirte no pedirla. Eso lo vemos antes.
Esto no entra
La mercadería, los insumos y los gastos generales, por grandes que sean. Su IVA también da crédito, pero esta devolución es solo para lo que va al activo fijo.
Tampoco entra un bien que no se use en operaciones afectas a IVA: si no dio derecho a crédito fiscal, no hay remanente que pedir.
Cómo lo hacemos
De la factura a la plata en tu cuenta
Revisamos si califica y si te conviene
Ordenamos las facturas y el F29
Esperamos los dos períodos que exige la ley
Presentamos la solicitud y respondemos al SII
Tesorería deposita en la cuenta de tu empresa
El Servicio de Impuestos Internos tiene veinte días hábiles para pronunciarse, contados desde que recibe todos los antecedentes. Si no se pronuncia dentro de ese plazo, la solicitud se entiende aprobada y la Tesorería paga dentro de los cinco días hábiles siguientes.
Te decimos también cuándo no conviene
Esta devolución tiene una contrapartida que casi nadie menciona al ofrecerla: lo que te devuelven se restituye con los pagos de IVA de los meses siguientes. No llega un cobro; lo que pasa es que tu empresa se queda sin el remanente que la protegía y vuelve a pagar IVA en efectivo. El total termina siendo el mismo y lo que cambia es cuándo entra la plata.
Bien usada es financiamiento a costo cero justo después de una inversión grande, que es cuando la caja está más apretada. Mal usada, te adelanta una plata que vas a necesitar para pagar tu IVA de los meses siguientes. Por eso la revisión previa no tiene costo y por eso a veces recomendamos no pedirla.
Si quieres entender el mecanismo completo antes de la reunión —los requisitos, los plazos, la obligación de restituir y qué pasa con las operaciones exentas—, lo explicamos paso a paso en cómo funciona el artículo 27 bis →
Cómo partimos
- Conversamos tu caso, sin costo. Nos cuentas qué compraste y cuándo.
- Revisamos tus declaraciones en el SII y calculamos cuánto se podría recuperar.
- Te decimos si conviene o no, mirando tu IVA de los meses siguientes.
- Te enviamos la propuesta en menos de 3 días hábiles, con el valor cerrado.
- Nos hacemos cargo del trámite completo, hasta que Tesorería deposita.
Para revisar tus declaraciones necesitamos entrar a tu cuenta del Servicio de Impuestos Internos. La clave la usamos solo para esa revisión, queda cubierta por la confidencialidad del servicio, y la puedes cambiar apenas terminemos si decides no seguir.
Antes de decidir
¿Cómo sé si mi empresa puede pedir esta devolución?
Lo revisamos nosotros y no tiene costo. Hacen falta tres cosas: que la compra haya ido a tu activo fijo, que ese IVA te haya dejado un remanente arrastrado por al menos dos meses seguidos, y que el bien esté destinado a operaciones afectas a IVA. Con tu clave del Servicio de Impuestos Internos revisamos tus declaraciones y te decimos en la primera reunión si califica y cuánto se podría recuperar.
¿Cuánto cobran por tramitarla?
Se cotiza según tu caso, y como todos nuestros servicios es exento de IVA. El valor depende de tres cosas: el monto que hay que recuperar, cuántas facturas de activo fijo hay que revisar y ordenar, y en qué estado está la contabilidad de los períodos involucrados. Te llega un valor cerrado en la propuesta, antes de que empecemos, no una estimación que después cambia.
¿Y si el Servicio de Impuestos Internos pide más antecedentes o rechaza la solicitud?
Eso es parte del trabajo y va incluido. Una solicitud de devolución es, en los hechos, una revisión: el Servicio puede pedir facturas, contratos, el registro del activo en la contabilidad o el certificado de recepción de la obra. Nosotros respondemos esos requerimientos dentro de plazo, porque el plazo legal de veinte días corre desde que el Servicio recibe la totalidad de los antecedentes. Por eso la primera etapa es ordenar antes de pedir: es lo que evita el rechazo.