Préstamo Solidario: la deuda no apareció por no pagar, apareció por no declarar
Más de un millón de personas registran cuotas impagas del préstamo que entregó el Estado en pandemia. La mayoría no dejó de pagar: dejó de declarar. Y ahí está la diferencia, porque la protección que traía la ley solo se activaba con el Formulario 22 en la mano.
El 13 de agosto de 2026 el Servicio de Impuestos Internos publicó una cifra incómoda: 1.073.590 contribuyentes que recibieron el Préstamo Solidario en 2020 o 2021 no presentaron su declaración de renta en uno o más años entre 2022 y 2026. Las cuotas impagas que arrastran suman más de $553 mil millones.
Una semana después el Servicio corrió el plazo y anunció una facilidad nueva. Varios portales lo contaron como si fuera un beneficio recién salido. Conviene aclarar eso primero, porque de ahí se desprende todo lo demás.
Lo que efectivamente cambió estos días
Son tres cosas concretas, y las tres tienen fecha:
- El plazo pasó del 30 de agosto al 30 de noviembre de 2026. El SII lo anunció el 20 de agosto para cerca de 900 mil contribuyentes.
- Desde el 14 de septiembre se puede declarar sin pagar en línea. La declaración se presenta igual y el sistema genera un comprobante de deuda, con el que se puede pagar después o pedir un convenio en la Tesorería General de la República, sin ir presencialmente a ninguna parte.
- Desde septiembre empiezan los boletines de cobro por correo, con reajuste por IPC e intereses, para quien no regularice.
Cómo se devolvía el préstamo, que es donde está el enredo
El Préstamo Solidario no era un bono. Era un préstamo, y las leyes que lo crearon —la 21.242 y la 21.252 para 2020, y la 21.323 para 2021— dejaron escrito desde el primer día cómo se devolvía:
| Regla | Qué significa |
|---|---|
| Cuatro cuotas anuales | La primera de 10% del monto recibido y las tres siguientes de 30% cada una. Reajustadas por IPC, sin multas ni intereses mientras se pagaran en plazo |
| Se pagan en la renta | A través del Formulario 22, en las operaciones renta de 2022, 2023, 2024 y 2025. No había cupón aparte ni aviso mensual: iba dentro de la declaración |
| Tope del 5% | Cada cuota anual no puede exceder el 5% de las rentas que forman parte de esa declaración anual. Es la protección de la ley para quien ganaba poco |
| Retención adicional del 3% | Desde septiembre de 2021 se retuvo un 3% extra a quienes pidieron el préstamo, precisamente para ir juntando la plata de las cuotas |
| El saldo se condona | Lo que quedara pendiente después de la cuarta cuota se condona por el solo ministerio de la ley. No hay que pedirlo |
Leído así, el diseño era generoso: cuatro cuotas topeadas al 5% de lo que ganaras, sin intereses, y lo que sobrara se perdonaba solo. Alguien que estuvo sin ingresos esos años no tenía que pagar prácticamente nada.
El detalle que dejó a un millón de personas debiendo
Todo ese mecanismo —el tope del 5%, el cálculo de la cuota, la condonación del saldo— vivía dentro del Formulario 22. Era la declaración de renta la que hacía el cálculo, aplicaba el tope y descontaba lo ya retenido.
Y acá viene la parte que casi nadie está contando. Mucha gente no declaró renta esos años por una razón perfectamente razonable: no tenía ingresos que declarar. Si no ganaste nada, ¿para qué presentar una declaración? Salvo que, en este caso, esa declaración era exactamente lo que ponía la cuota en cero.
La cifra del otro lado lo confirma: 427.938 contribuyentes que sí cumplieron con sus cuotas año a año terminaron con un saldo condonado de aproximadamente $184 mil millones. Mismo préstamo, misma ley, resultado opuesto. La única diferencia entre los dos grupos fue haber presentado la declaración.
Qué hacer ahora, en orden
- Revisa tu correo. Si el SII te incluyó en la ampliación, te avisó por ahí. Ese correo es el que te dice si tienes hasta noviembre o no.
- Entra a ver qué años faltan. En sii.cl, en Servicios online, Declaración de renta, Declarar renta (F22). Ahí aparece la propuesta y los años sin presentar.
- Presenta los formularios pendientes, incluso los de los años sin ingresos. Son justamente esos los que ponen la cuota en cero. Un F22 de un año sin rentas se presenta igual y suele tomar minutos.
- Si no tienes cómo pagar, declara igual. Desde el 14 de septiembre puedes presentar sin pagar en línea, generar el comprobante y pedir convenio en Tesorería. Declarar y no pagar es una situación mucho mejor que no declarar.
- Revisa si te sobra plata. Si la retención adicional del 3% te acumuló más de lo que correspondía a la cuota, el excedente se devuelve. A varios les pasa y no lo saben porque nunca presentaron la declaración.
Un aviso que conviene tener claro antes de entrar: si además de las cuotas del préstamo te correspondía pagar impuesto en alguno de esos años, el atraso suma reajuste, interés y multa, y eso se calcula aparte. Puedes estimar cuánto sería en nuestra calculadora de multas e intereses del SII, que ya trae el interés diario que rige desde 2025 y la condonación vigente. Si no había impuesto que pagar, ese cálculo no corre y el trámite es solo presentar.
Los tres casos en que probablemente no debas nada
No tuviste rentas ese año
El tope es el 5% de las rentas declaradas. Si esas rentas fueron cero, la cuota de ese año es cero. Pero hay que declararlo para que quede así.
Ya completaste las cuatro cuotas
El saldo que quedara después de la última cuota se condona por el solo ministerio de la ley, sin trámite. Es lo que le pasó a casi 428 mil personas.
La retención del 3% ya cubrió todo
Si te retuvieron más de lo que sumaban las cuotas, no solo no debes: te corresponde devolución del excedente.
En los tres casos hay algo en común, y es el punto entero de este artículo: ninguno se resuelve dejando pasar el tiempo. Los tres se resuelven presentando la declaración que falta.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo hay plazo para regularizar el Préstamo Solidario?
El plazo original era el 30 de agosto de 2026 y el Servicio de Impuestos Internos lo amplió al 30 de noviembre de 2026. Importante: esa ampliación no alcanza a todo el mundo. El SII habló de alrededor de 900 mil contribuyentes de menores ingresos y señaló que quienes pueden acogerse recibirán la información por correo electrónico. El criterio exacto no se publicó, así que si no te llegó ese correo lo prudente es asumir el plazo original y regularizar cuanto antes, porque desde septiembre el Servicio comienza a emitir boletines de cobro con reajuste por IPC e intereses.
¿Por qué me aparece deuda del Préstamo Solidario si nunca me descontaron nada?
Porque el préstamo se devolvía a través de la declaración anual de impuesto a la renta, el Formulario 22, en cuatro cuotas anuales entre las operaciones renta 2022 y 2025. Si no presentaste la declaración de alguno de esos años, la cuota de ese año quedó impaga. No es que hayas dejado de pagar: es que el mecanismo que calculaba y cobraba la cuota nunca se ejecutó, porque ese mecanismo era el propio Formulario 22. Por eso el SII contabilizó 1.073.590 personas con al menos una declaración pendiente entre 2022 y 2026.
Si no tuve ingresos ese año, ¿igual tengo que pagar la cuota?
No, pero sí tienes que declarar. La ley establece que cada cuota anual no puede exceder el 5% de las rentas del beneficiario que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta en la que se devuelve la cuota. Si no hubo rentas, ese 5% da cero y no hay nada que pagar ese año. La trampa está en que ese tope se calcula sobre lo declarado: si no presentas el Formulario 22, el tope no se aplica y la cuota queda registrada como pendiente. Dicho simple, no declarar por no tener ingresos es exactamente lo que convierte un préstamo que se condonaba en una deuda.
¿El saldo del Préstamo Solidario se condona?
Sí, por el solo ministerio de la ley, pero para quien cumplió con sus cuotas anuales. El préstamo se devuelve en cuatro cuotas y el saldo que quede después de la última se condona sin necesidad de pedirlo. El SII informó que 427.938 contribuyentes que pagaron sus cuotas año a año quedaron con un saldo condonado de aproximadamente 184 mil millones de pesos. Lo que salió en agosto de 2026 no es una condonación nueva ni una ley de perdón: es una ampliación de plazo y una facilidad para declarar sin pagar en línea.
¿Qué pasa desde el 14 de septiembre de 2026 si no puedo pagar la deuda?
Desde el 14 de septiembre de 2026 el sitio del SII habilita una modalidad nueva: presentar la declaración sin pagar en línea en ese momento y generar un comprobante de deuda. Con ese comprobante se puede pagar después o solicitar un convenio de pago en la Tesorería General de la República, sin tener que ir presencialmente. Es una diferencia práctica importante, porque antes la falta de dinero para pagar la cuota terminaba postergando la declaración completa, que es justamente lo que originó el problema.
Fuentes
- SII, comunicado del 13 de agosto de 2026 — contribuyentes con cuotas impagas del Préstamo Solidario deberán reintegrar los montos adeudados. De ahí salen las cifras de 1.073.590 contribuyentes, $553 mil millones en cuotas impagas y 427.938 personas con saldo condonado por $184 mil millones.
- SII, comunicado del 20 de agosto de 2026 — ampliación del plazo al 30 de noviembre para cerca de 900 mil contribuyentes y nueva modalidad de declaración sin pago en línea desde el 14 de septiembre.
- Ley N° 21.242 y Ley N° 21.252, de 2020 — préstamos solidarios para trabajadores independientes y dependientes.
- Ley N° 21.323, de 2021, artículos 9° y 11 — préstamo tasa cero: devolución en cuatro cuotas anuales y sucesivas, reajustadas, sin multas ni intereses; primera cuota de 10% y las tres restantes de 30%.
- SII — información sobre la retención adicional del 3% aplicada desde septiembre de 2021 a quienes solicitaron el beneficio.
- SII, Resolución Exenta N° 37 de 2023 — restitución del préstamo tasa cero del artículo 9° de la Ley N° 21.323.
Este artículo es información general y no reemplaza una asesoría para tu caso. Los plazos y las condiciones de la ampliación los define el SII y pueden cambiar: la fuente de verdad es el correo que el Servicio envía a cada contribuyente y lo que muestre tu propia carpeta en sii.cl.